Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
16-06-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160616-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

145
Madrid número 26. Ejecución 273 de 2012-H

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María García Ferreira, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.361 de 2011, ejecución número 273 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Rizo Candela, frente a “Hosgumi, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Miguel Ángel López Robledo, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado resolución.

Contra dicha resolución puede interponerse ante este Juzgado recurso de revisión en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente día a la fecha de la publicación del presente edicto, con los requisitos y advertencias legales que constan en la resolución que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, de Madrid.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Miguel Ángel López Robledo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/19.583/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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