Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
17-06-2016

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160617-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Villanueva del Pardillo. Régimen económico. Precios públicos instalaciones deportivas

El Pleno del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, en sesión celebrada el día 25 de mayo de 2016, adoptó acuerdo de aprobación de precios públicos por la gestión de servicio público para la gestión de las instalaciones deportivas municipales y de las escuelas municipales deportivas, y procediéndose a la publicación del mismo conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En los siguientes términos:

Aprobación nueva tarifa del contrato de servicios denominado contrato administrativo de gestión de servicio público de las instalaciones deportivas municipales denominadas piscina cubierta “Jesús Rollán”, polideportivo “Alcalde Carlos Hipólito”, polideportivo “Infanta Cristina” y de las escuelas municipales deportivas, la dotación de material deportivo necesario para la práctica deportiva, la gestión de las colonias y campus de verano y días no lectivos, así como la realización de tareas de conservación, limpieza y mantenimiento de las instalaciones deportivas de Villanueva del pardillo, consistente en:

— Tarifa de campamentos de verano con desplazamiento:

• Precio: 15,70 euros diarios con carácter general y 7,85 euros diarios para abonados (de nueve a catorce horas).

— Tarifa de campus deportivos con desplazamiento:

• Precio: 18,00 euros diarios con carácter general y 9,00 euros diarios para abonados (de nueve a catorce horas).

Contra el acto arriba indicado, que agota la vía administrativa, según los artículos 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 52.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses contados desde la presente publicación en la forma establecida en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o en los casos que proceda recurso extraordinario de revisión. Pudiendo, no obstante, interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes desde esta publicación ante el mismo órgano que dicta el acto en la forma y plazos establecidos en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Villanueva del Pardillo, a 7 de junio de 2016.—El alcalde, Luis Alberto Sosa Gayé.

(03/21.238/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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