Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
17-06-2016

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160617-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Colmenar Viejo. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 28 de abril de 2016, el expediente para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para 2016 del Ayuntamiento de Colmenar Viejo que se describe.

BDNS 308171.

Se hace público un resumen del mismo a los efectos de su conocimiento por los posibles interesados:

1.o Entidad otorgante: Ayuntamiento de Colmenar Viejo. Concejalía de Familia y Servicios Sociales. Calle Carlos Aragón Cancela, número 5, 28770 Colmenar Viejo (Madrid). Teléfono: 911 380 095 (extensión 103). Fax: 911 380 099.

2.o Objeto: otorgamiento de subvenciones para cofinanciar proyectos de acción social, ejecutados por organizaciones no gubernamentales y asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con implantación en el municipio de Colmenar Viejo y con acción en el ámbito de la intervención y asistencia social.

3.o Tramitación: convocatoria pública.

4.o Presupuesto de la convocatoria: 17.000,00 euros.

5.o Plazo de los proyectos: doce meses; desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

6.o Lugar examen expediente: Concejalía de Familia y Servicios Sociales (dirección y teléfonos arriba indicados).

7.o a) Fecha límite: veinte días naturales contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Documentación: las señaladas en el artículo 4 de las bases reguladoras.

c) Lugar de presentación: en cualquiera de los Registros Auxiliares del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, así como mediante las demás formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

Colmenar Viejo, a 9 de mayo de 2016.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Santamaría Novoa.

(03/22.495/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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