Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
20-06-2016

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160620-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

57
El Escorial. Organización y funcionamiento. Avocación y delegación competencias

Por resolución de la Alcaldía-Presidencia, de 3 de junio de 2016, se ha resuelto lo siguiente:

Considerando que mediante decreto de Alcaldía-Presidencia 162/2015, de 22 de junio, se delegó en la Junta de Gobierno Local las autorizaciones de ocupación de la vía pública.

Considerando la celebración de las fiestas en honor a nuestro Patrón “San Bernabé” y la eventual necesidad de autorizar, a lo largo de la misma, ocupaciones de dominio público en distintas zonas del municipio.

Considerando que la Junta de Gobierno celebra sesiones ordinarias una vez a la semana.

En virtud de las facultades que me confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, vengo en decretar:

Revocar la delegación efectuada a la Junta de Gobierno Local con fecha 22 de junio, mediante decreto de Alcaldía-Presidencia 162/2015, entre los días 3 al 12 de junio de 2016.

Delegar en el concejal don Ignacio Parra Díaz la competencia en materia de autorizaciones de ocupación de dominio público entre los días 3 y 12 de junio de 2016.

La presente avocación y delegación surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha de este decreto, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En El Escorial, 6 de junio de 2016.—La concejala de Régimen Interior, Concepción Vicente Berzal.

(03/21.495/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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