Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
20-06-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160620-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28

101
Madrid número 28. Procedimiento 917 de 2015

EDICTO

Doña Eva María Luna Mairal, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, divorcio contencioso número 917 de 2015, instados por la procuradora doña Virginia Camacho Villar, en nombre y representación de doña Ketty María Torres Arrieta, contra don Eugenio Pérez Paredes, en los que se ha dictado en fecha 20 de mayo de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando como estimo la demanda formulada por la procuradora doña Virginia Camacho Villar, en nombre y representación de doña Ketty María Torres Arrieta, frente a don Eugenio Pérez Paredes, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio formado por los cónyuges litigantes, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración.

Todo ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, observando lo prevenido en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la disposición adicional decimoquinta introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Eugenio Pérez Paredes, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 23 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/20.628/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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