Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
20-06-2016

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160620-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

URBANISMO

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Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Aprobación bases y los estatutos de la Junta de Compensación

Se pone en general conocimiento que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 11 de mayo de 2016 se ha acordado la aprobación definitiva de las bases y los estatutos de la Junta de Compensación “Huerta Grande”, del Sector UZ 2.4-02 “Huerta Grande”, del Plan General de Ordenación Urbana. La parte dispositiva de dicho acuerdo tiene el siguiente tenor literal.

Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas en el trámite de información pública por los motivos anterirmente expuestos.

Segundo.—Aprobar definitivamente las bases de actuación y los estatutos de la Junta de Compensación “Huerta Grande”, del Sector UZ 2.4-02 “Huerta Grande”, promovidas inicialmente por “Comisión Gestora Huerta Grande, Comunidad de Bienes”, con el mismo texto con el que se aprobaron inicialmente y fueron publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Designar como representante del Ayuntamiento en el órgano rector de la Junta a doña Paloma Tejero Toledo.

Cuarto.—Ordenar la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su notificación individualizada a todos los propietarios del sector, concediéndoles el plazo de un mes para que soliciten su incorporación a la Junta de Compensación, advirtiéndoles que en caso de no incorporarse serán expropiados a favor de esta de conformidad con la legislación vigente.

Lo que se hace público para general conocimiento y demás efectos, requiriéndole que en el plazo de un mes desde la recepción de la presente notificación puede solicitar su adhesión a la Junta de Compensación, advirtiéndoles de que en caso de no incorporarse será expropiado a favor de esta de conformidad con el artículo 108.3.b) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid; significándole, además, que contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno Local, conforme a lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases del Régimen Local, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Pozuelo de Alarcón, a 9 de junio de 2016.—El gerente municipal de Urbanismo, Raúl Herranz Muñoz.

(02/22.632/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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