Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
23-06-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160623-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

110
Madrid número 19. Ejecución 248 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfonso Lozano de Benito, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 248 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Dolores Funcia Bailén, frente a doña María Isabel Martínez Casas, “Explotaciones Colevin, Sociedad Limitada”, y “Nuevas Tendencias, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quienes se menciona en el hecho segundo de esta resolución y por la cuantía que se refleja bajo la columna “Abono FGS”, cuyo importe total asciende a 1.988,40 euros.

Asimismo, habiéndose ingresado la cantidad de 195,15 euros y habiéndose subrogado el Fondo de Garantía Salarial en la cantidad de 1.988,40 euros, se procede al prorrateo de la cantidad ingresada, correspondiendo a la trabajadora doña Dolores Funcia Bailén (62,67 por 100) el importe de 122,30 euros y al Fondo de Garantía Salarial (37,33 por 100) la cantidad de 72,85 euros.

Póngase a disposición de la parte actora la cantidad de 122,30 euros en concepto de parte de principal a través de transferencia bancaria aportada y obrante en autos.

Asimismo, póngase a disposición del Fondo de Garantía Salarial la cantidad de 72,85 euros a través de transferencia bancaria.

Y una vez efectuados dichos pagos, procédase al archivo provisional de las presentes actuaciones, previa baja en los libros correspondientes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Nuevas Tendencias, Sociedad Limitada”, y “Explotaciones Colevin, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de mayo de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/20.657/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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