Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160701-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1

68
Navalcarnero número 1. Procedimiento 887 de 2014

EDICTO

En el presente procedimiento de juicio ordinario número 887 de 2014, seguido a instancias de “Musaat, Mutua de Seguros a Prima Fija”, frente a don Enrique Arroba Luna, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales, don Carlos Beltrán Marín, en representación de la entidad aseguradora “Musaat, Mutua de Seguros a Prima Fija”, debo condenar y condeno a don Enrique Arroba Luna, a abonar a la actora la cantidad de 35.555,34 euros, más los intereses legales desde la fecha de consignación judicial de dichas cantidades por la parte actora y los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde la fecha de la presente resolución, todo ello con expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación, ante este mismo Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión del original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, don Enrique Arroba Luna, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Navalcarnero, a 12 de abril de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/15.609/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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