Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160701-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 2

66
Alcorcón número 2. Juicio 29 de 2016

EDICTO

Doña María de las Mercedes Martín López, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 2 de Alcorcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio inmediato de delito leve número 29 de 2016 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Alcorcón, a 10 de marzo de 2016.—El ilustrísimo señor don Juan Ramón Rodríguez Llamosí, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Alcorcón, ha visto los presentes autos de juicio inmediato de delito leve número 29 de 2016, sobre un presunto delito leve de hurto, con intervención del ministerio fiscal, y como implicados: el centro comercial “Kiabi”, como denunciante, y don Kelvin Osamwonyi, como denunciado, recayendo la presente resolución en base a la siguiente sentencia:

Que debo condenar y condeno a don Kelvin Osamwonyi, como autor responsable de un delito leve de hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa de veinte días, con una cuota diaria de 6 euros, quedando sujeto en caso de impago a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y a que indemnice a “Kyabi” en la suma de 146 euros, al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

El escrito de formalización del recurso de apelación habrá de presentarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante el órgano que dictó la resolución que se impugne, y se expondrán ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción del precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará domicilio para notificaciones.

Asimismo, se pone en conocimiento de don Kelvin Osamwonyi que, en el caso de no interponer recurso contra la sentencia, deberá proceder en el plazo de diez días al ingreso de la cantidad requerida en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia y requerimiento a don Piotr Lendzioszek, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcorcón, a 26 de mayo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/22.016/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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