Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
05-07-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160705-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

100
Madrid número 16. Ejecución 106 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 106 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Maila y don Luis Antonio Valencia Pastaz, frente a “Restauraciones Técnicas de Edificios, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo de los pagarés entregados por la comunidad de propietarios de la calle Padre Claret, número 6, de Madrid, a la demandada “Restauraciones Técnicas de Edificios, Sociedad Limitada”, con fechas de vencimiento 5 de julio y 5 de agosto de 2016.

Ofíciese a la entidad bancaria “Banco de Sabadell” con sede en Madrid, calle Príncipe de Vergara, número 211, sobre la que se giró los pagarés a cargo en la cuenta número ES22/0081/7112/81/0001535264, a fin de que la cantidad que resulte de dichos pagarés se ingrese en la cuenta corriente de este Juzgado número 0049/3569/92/0005001274, haciendo constar en “Beneficiario” Juzgado de lo social número 16 de Madrid y en “Observaciones/concepto” el número 2514000064010616.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Restauraciones Técnicas de Edificios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/22.562/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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