Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160711-153

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

153
Madrid número 17. Procedimiento 1.184 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Cristina Oro-Pulido Miguel, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.184 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Amador Boti Notario, frente a “Adnexa Domus, Sociedad Limitada”, y “Zebra Facility Services, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Debo estimar y estimo la demanda formulada por don Amador Boti Notario, contra la empresa “Adnexa Domus, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, condeno a la empresa “Adnexa Domus, Sociedad Limitada”, al pago a don Amador Boti Notario de la cantidad de 673,92 euros, dicha cantidad devengará el 10 por 100 de interés por mora respecto a los conceptos reclamados.

Asimismo, debo desestimar y desestimo la demanda dirigida contra “Zebra Facility Services, Sociedad Limitada”, absolviendo a dicha entidad de los pedimentos formulados de adverso.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Adnexa Domus, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/22.968/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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