Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160711-164

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

164
Madrid número 23. Procedimiento 367 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosa María Lozano Blanco, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 367 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Viorel Mataoanu, frente a doña Alexandra Nicoleta Balint, “Oproler Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, y “Prodeco Servicios Integrales de Inmuebles, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado decreto de fecha 9 de junio de 2016, cuya resolución es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 9 de junio de 2016, en los términos siguientes:

La empresa “Oproler Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, por la responsabilidad salarial del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores ofrece la cantidad neta de 804,06 euros que serán abonados en el plazo de cinco días hábiles mediante transferencia bancaria en la cuenta del trabajador número ES56/0049/5175/74/2016445758.

El trabajador acepta y con el percibo de esta cantidad no tiene nada más que reclamar por cualquier otro concepto a “Oproler Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2521/0000/60/0367/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Prodeco Servicios Integrales de Inmuebles, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/23.200/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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