Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2016

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160711-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Número de registro de la BDNS: 311631.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.—Los candidatos deberán ser personas físicas mayores de 18 años y al menos deberán cumplir uno de los siguientes requisitos:

— Empadronamiento del/los promotor/es: con, al menos, una antigüedad de doce meses de alta en el padrón municipal de Pozuelo de Alarcón.

— Estudios en el municipio del/los promotor/es: haber finalizado o estar cursando estudios en centros educativos de enseñanza pública, privada o concertada del municipio de Pozuelo de Alarcón, con una duración mínima de ochenta horas.

— Ubicación en el municipio de la empresa: que la ubicación de la empresa, domicilio fiscal o razón social se encuentre localizado en Pozuelo de Alarcón.

Segundo. Objeto.—El objeto de la presente convocatoria es establecer el régimen especial aplicable al otorgamiento de premios por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, a través de la Concejalía de Desarrollo Empresarial, Comercio, Atención al Ciudadano y Urbanizaciones de la VII Edición de los Premios Iniciativa.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2012.

Cuarto. Cuantía.—La VII Convocatoria de los Premios Iniciativa establece los siguientes premios económicos:

— Premio Modalidad Mejor Idea/Proyecto Empresarial, dotado con 2.000 euros.

— Premio Modalidad Mejor Empresa de Reciente Creación, dotado con 2.000 euros.

— Premio Especial Mejor Idea/Proyecto o Empresa de reciente creación emprendida por jóvenes dotado con 2.000 euros.

Los referidos premios estarán sujetos a la retención que esté establecida por el impuesto sobre la renta de las personas físicas y al tipo de gravamen vigente en el momento de su adjudicación.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria hasta el 10 de octubre incluido.

Sexto. Otros datos:

Documentación de participación común a todos los participantes:

— Solicitud de participación (anexo I).

— Prototipo de iniciativa (anexo II).

— DNI/NIE de la persona o personas promotoras del proyecto.

— Currículum vítae de la persona o personas promotoras del proyecto.

— Cualquier documentación de refuerzo a su candidatura.

— Logo y/o imagen de la empresa en formato digital (archivo compatible con operativo Windows preferiblemente jpg, no superando la capacidad de 7 mb) bien en dispositivo de almacenamiento CD, DVD, USB, enviando por correo electrónico a desarrolloempresarial@pozuelodealarcon.org o mediante wetransfer o dropbox (en todo caso la Concejalía podrá requerir cualquiera de los formatos descritos si el archivo presenta complicaciones su descarga y uso).

En los casos pertinentes:

— Anexo III de consentimiento para la publicación de datos de carácter personal contenidos en proyectos presentados a la VII Edición de los Premios Iniciativa. Solo en el caso de que su candidatura incluya datos de carácter personal de terceros.

— Volante actualizado de empadronamiento o, en su defecto, consentimiento de consulta en el padrón de habitantes indicándolo en la casilla habilitada en el anexo I.

— Documento oficial que acredite la condición de alumno o exalumno del participante, en centros educativos de enseñanza pública, privada o concertada del municipio de Pozuelo de Alarcón, de, al menos, ochenta horas de duración.

— En el caso de empresas:

• Alta en el impuesto de actividades económicas.

• Número de identificación fiscal de la entidad.

— En el caso de empresas emprendidas por jóvenes:

• Sociedades: los promotores jóvenes que presenten candidatura obligatoriamente deberán ser socios de la misma en cualquiera de sus modalidades. Para poder certificarlo será necesario presentar la escritura de constitución de la sociedad junto con el alta censal de la misma (modelo 036/037), debiendo indicar los datos requeridos de la persona joven en la ficha de solicitud.

• Personas físicas: será necesario aportar el alta de autónomo (RETA) o mutualidad alternativa, en su caso, junto con el alta censal (modelo 036/037).

En Pozuelo de Alarcón, a 4 de julio de 2016.—La concejala de Hacienda y Contratación, Isabel Pita Cañas.

(03/25.713/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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