Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
13-07-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160713-211

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

211
Madrid número 35. Ejecución 21 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Blanca Galache Díez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 21 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ruth Lara López, frente a “Europea Brokers Intermedia Segur, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María Blanca Galache Díez.—En Madrid, a 18 de mayo de 2016.

El anterior oficio de la entidad “DKV”, únase; visto su contenido líbrese oficio a dicha entidad para que ingrese en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado los derechos de crédito embargos a la demandada “Europea Brokers Intermedia Segur, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-84142629, por relaciones comerciales mantenidas con la misma, en lo que sea suficiente para cubrir las cantidades por las que se ha despachado ejecución que ascienden a 3.630 euros de principal, 218 euros de intereses provisionales y 363 euros de costas calculados provisionalmente.

En cuanto al traspaso de la cartera de pólizas, fue planteada tercería de dominio por “Universal European Brokers Correduría de Seguros y Reaseguros”, la cual fue desestimada por auto de fecha 8 de junio de 2015.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Europea Brokers Intermedia Segur, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/23.671/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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