Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
13-07-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160713-94

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

94
Madrid número 5. Procedimiento 131 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 131 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Esteban García y doña María del Carmen Valdivieso Domínguez, frente a “Latamit Consultores, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Radia Business Solutions, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Todia Internacional, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 13 de mayo de 2016.

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 13 de mayo de 2016, en los términos siguientes:

La parte demandante previamente desiste de la acción contra “Todia Internacional, Sociedad Limitada”, y “Radia Business Solutions, Sociedad Limitada Unipersonal”, y se ratifica en su demanda respecto de “Latamit Consultores, Sociedad Limitada Unipersonal”.

Iniciado el acto, se advierte a las partes de sus respectivos derechos y obligaciones, exhortándoles para que lleguen a un acuerdo amistoso que se obtiene en los siguientes términos:

La empresa reconoce la improcedencia del despido de las trabajadoras con fecha de efectos 22 de diciembre de 2015 y ofrece como indemnización, saldo y finiquito de la relación laboral las siguientes cantidades netas:

A doña María del Carmen Valdivieso Domínguez: 10.000 euros, de los que 8.329,11 euros corresponden a indemnización y el resto a salarios.

A doña Cristina Esteban García: 9.500 euros, de los cuales 7.700,61 euros corresponden a indemnización y el resto a salarios.

La forma de pago se realiza en este acto mediante la entrega de dos cheques bancarios que se adjuntan y son cotejados.

Las trabajadoras aceptan y ambas partes manifiestan que con el pago de dichas cantidades queda saldada y finiquitada la relación laboral no teniendo nada más que reclamar por concepto alguno.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2503/0000/61/0131/16.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Radia Business Solutions, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Todia Internacional, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de junio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/23.638/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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