Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
13-07-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160713-223

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

223
Madrid número 38. Ejecución 195 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 195 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eusebio del Egido Artero, don Iulian Manaila y don Joaquín Expósito Pedrero, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Jelsan Estructuras y Cerrajerías, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda:

a) El embargo de los bienes inmuebles propiedad de “Jelsan Estructuras y Cerrajerías, Sociedad Limitada” (con cédula de identificación fiscal número B-83864389), con el 100 por 100 del pleno dominio, que se describen:

1. Finca urbana número 4.821, Código Registral Único (CRU) número 28083000274325, en el término de Fuenlabrada, al sitio “La Albarreja”, con el número 10 en el plano de parcelación; tomo 1.086, libro 32, folio 35, y alta 2.

2. Finca urbana número 24.946, Código Registral Único (CRU) número 070210000 49205, estudio número 5, planta baja del edificio “Madrugada VI”, urbanización “Es Castellot”, en Santa Ponsa, término de Calvia; tomo 1.730, libro 454, folio 78.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Jelsan Estructuras y Cerrajerías, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 6 de junio de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/23.611/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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