Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
13-07-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160713-249

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1

249
Cuenca número 1. Ejecución 83 de 2014

EDICTO

Don Víctor Ballesteros Fernández, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 83 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Rosa Valera Gómez, doña Catalina Inmaculada Toril Cabezas, don Juan Manuel Tornero Casas, doña Marina Harto Paz, don José Manuel Panadero Soriano y doña Justa Picazo Ruipérez, contra la comunidad de propietarios “Hotel Villa de Alarcón”, “Villa de Alarcón, Sociedad Limitada”, “Fraymer Proyectos Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, y “Terrasuites, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Diligencia de ordenación del letrado de la Administración de Justicia, don Víctor Ballesteros Fernández.—En Cuenca, a 15 de febrero de 2016.

Visto el estado de las presentes actuaciones, obrando en autos comunicación de “Liberbank” de fecha 14 de enero de 2015 informando del estado del crédito hipotecario que ha causado la inscripción de hipoteca sobre las fincas registrales embargadas en autos números 3.346, 3.321, 3.348, 3.339, 3.330, 3.347, 3.336, 3.326 y 3.335 de Alarcón; se da traslado de ello a las partes para que en plazo de cinco días manifiesten los que a su derecho convenga sobre la continuación o no de la realización de dichas fincas a la vista de las cargas que pesan sobre las mismas; advirtiéndoles que transcurrido dicho plazo sin verificar manifestaciones en contra se tendrá por terminada la realización de dichas fincas por evidenciarse un justiprecio negativo de las mismas, sin perjuicio de mantener el embargo sobre las mismas.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Diligencia de ordenación del letrado de la Administración de Justicia, don Víctor Ballesteros Fernández.— En Cuenca, a 4 de marzo de 2016.

El escrito que ha sido presentado por letrado don Manuel Moratalla Isasi, en representación de “Fraymer Proyectos Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, se une a los autos. Al no acreditarse la renuncia (el cese del representante), y de conformidad con el párrafo segundo del artículo 30.1.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, acuerdo:

Tenerle por apartado de las actuaciones y en la representación que ostenta; sin embargo, no podrá abandonar la misma en tanto su representada no designe nuevo profesional.

Requerir a “Fraymer Proyectos Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, a fin de que, en el plazo de diez días, designe nuevo representante para intervenir en estas actuaciones, bajo la advertencia de que en caso de no hacerlo, se entenderán las posteriores actuaciones directamente con dicha empresa, notificando en el domicilio de la misma.

Remitir las cédulas de la resolución de fecha 15 de febrero de 2016 al domicilio de la ejecutada para su notificación por correo con acuse de recibo.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Terrasuites, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cuenca, a 8 de junio de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/23.547/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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