Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
15-07-2016

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160715-68

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

RÉGIMEN ECONÓMICO

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San Agustín del Guadalix. Régimen económico. Precios públicos

En sesión celebrada con fecha 30 de junio de 2016, el Pleno del Ayuntamiento adoptó acuerdo de aprobación de modificación de los precios públicos, según consta en el texto refundido que luego se transcribe, que entra en vigor a partir de esta aprobación. Dicho acuerdo se expone al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante treinta días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si no fuere presentada reclamación o alegación alguna, este acuerdo de aprobación provisional será considerado definitivo.

ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES, PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEL AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX







Condiciones generales:

1. Los anuncios se publicarán bajo la responsabilidad exclusiva de quien haya solicitado la orden de publicidad. No obstante el Ayuntamiento se reserva el derecho de no publicar aquellos anuncios que sean contrarios a las leyes, la moral o la educación.

2. Las inserciones en páginas impares que no estén fijadas en tarifas tendrán un recargo del 10 por 100.

3. Se podrán establecer bonificaciones sobre tarifas del 10, 15 y 20 por ciento en aquellos contratos que contemplen la inserción de un mismo anuncio en más de un número de la revista municipal. A estos efectos, las bonificaciones se concederán de acuerdo con los siguientes tramos:

— Inserciones realizadas en tres o cuatro números de la revista: 10 por 100.

— Inserciones realizadas en cinco o seis números de la revista: 15 por 100.

— Inserciones realizadas en siete o más números de la revista: 20 por 100.

Para tener derecho a las bonificaciones señaladas, el anunciante debe presentar previamente un escrito en el Registro General del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix destinado a la Concejalía de Comunicación o en su defecto a Alcaldía, en el que detalle las características del anuncio a publicar indicadas en el presente Acuerdo, así como el número de revistas en las que se debe realizar la inserción. En el caso de que el anunciante retire la publicación antes de dar cumplimiento al compromiso presentado, por parte del Ayuntamiento se emitirá liquidación complementaria por el importe de las bonificaciones de las que el anunciante se ha beneficiado indebidamente.

4. Se establece un descuento adicional del 15 por 100 para las agencias de publicidad.

5. El programa de Fiestas en formato de bolsillo únicamente podrá llevar publicidad en contraportada, interior portada e interior contraportada a página completa. En caso de que haya un patrocinador único de dicho programa la tarifa se calculará mediante la suma de las tres tarifas establecidas.

6. Forma de pago: Los anuncios contratados se cobrarán por anticipado, antes de la publicación de los mismos, mediante transferencia bancaria o ingreso bancario de acuerdo con el documento entregado al efecto por los Servicios Municipales.

DISPOSICIÓN FINAL Y DEROGATORIA

El presente Acuerdo regulador, que modifica parcialmente el anterior, entrará en vigor una vez se efectúe la publicación del texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación.

El presente acuerdo fue adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada con fecha 30 de junio de 2016

San Agustín del Guadalix, a 1 de julio de 2016.—El alcalde, Juan Francisco Figueroa Collado.

(03/25.025/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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