Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
22-07-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160722-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

118
Madrid número 36. Ejecución 145 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angustias Caro Vida, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 145 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Luisa García Duro, frente a “Comercial Albanoe, Sociedad Limitada”, y “Comercial Textil Lauras, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María Angustias Caro Vida.—En Madrid, a 6 de julio de 2016.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en la sentencia a las empresas “Comercial Albanoe, Sociedad Limitada”, y “Comercial Textil Lauras, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña María Luisa García Duro y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, planta novena, el día 29 de septiembre de 2016, a las nueve treinta y cinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación en legal forma a “Comercial Albanoe, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/26.225/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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