Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
29-07-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160729-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

LICENCIAS

44
Madrid. Licencias. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Autocines 2015, S. L.

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible Dirección General de Control de la Edificación Subdirección General de Edificación Servicio de Licencias 1 Departamento de Licencias 2

De conformidad con el artículo 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 60.5 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 23 de diciembre de 2004 (modificada por acuerdo plenario de 29 de abril de 2014), se hace público para general conocimiento que se ha solicitado licencia urbanística por el titular y para la actividad que se indica a continuación, al objeto de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad de referencia puedan tomar vista del expediente y hacer las alegaciones que estimen pertinentes, dentro del plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la publicación, mediante escrito a presentar en los registros municipales o en cualquier forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose a tal fin el expediente en la Unidad Técnica de Licencias 2 del Departamento de Licencias 2 de la Dirección General de Control de la Edificación.

Expediente número: 711/2016/14350.

Titular: “Autocines 2015, Sociedad Limitada”.

Actividad: autocine y bar.

Emplazamiento: calle Antonio Cabezón, número 2 A.

Madrid, 13 de julio de 2016.—La jefe del Departamento Jurídico de Edificación, Yolanda Sancho Peinado.

(01/27.146/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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