Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
11-08-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160811-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 5

112
Torrejón de Ardoz número 5. Procedimiento ordinario 590 de 2013

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 590 de 2013, entre “Hercepopular, Sociedad Limitada”, y “Nusa Ibérica, Sociedad Anónima”, en reclamación de 1.013.717,60 euros, en cuyos autos se ha dictado sentencia de fecha 1 de julio de 2016, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de “Hercepopular, Sociedad Limitada”, y condeno a “Nusa Ibérica, Sociedad Anónima”, a pagar a la actora la cantidad de 1.013.717,60 euros de principal, más los intereses establecidos en el fundamento jurídico quinto, así como al pago de las costas procesales.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse, ante este Juzgado, dentro del plazo de los veinte días siguientes a su notificación por los trámites de los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil (según redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal) para su resolución pro la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid. Para la admisión del recurso de apelación, será necesaria la consignación de un depósito de 50 euros (artículo 448.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), así como el abono de la correspondiente tasa, en su caso.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

En la fecha “ut supra” fue leída y publicada la anterior resolución por el ilustrísimo magistrado-juez que la dictó celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a “Nusa Ibérica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido y firmo la presente en Torrejón de Ardoz, a 1 de julio de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/28.392/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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