Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
13-08-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160813-6

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

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Madrid número 4. Ejecución 123 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 123 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Arcos Juliá, frente a “Evolution Wellness & Fitness Club, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 13 de julio de 2016.

Se extiende la presente para hacer constar que ha transcurrido el plazo de quince días concedido al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora en decreto de fecha 30 de mayo de 2016 sin que por ninguno de ellos se hayan realizado alegaciones.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 13 de julio de 2016.

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 2.618 euros de principal y 523,60 euros de intereses y costas provisionales, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Evolution Wellness & Fitness Club, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Publíquese la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y una vez firme la misma hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Asimismo, hágase entrega a la parte ejecutante de los testimonios necesarios y copia sellada de la demanda a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial, remitiéndolos por correo al domicilio profesional de la letrada de la actora.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2502/0000/64/0123/16.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, a la letrada de la actora vía lexnet, remitiéndole por correo certificado copia sellada de la demanda y testimonio de la sentencia, auto despachando ejecución y del presente decreto.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Evolution Wellness & Fitness Club, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/27.673/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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