Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
17-08-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160817-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

123
Madrid número 21. Procedimiento 220 de 2016-A

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Araceli Crespo Pascual, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 220 de 2016-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Isabel Grau Ortiz de Urbina, frente a don Alejandro Hernández Sáez, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta a instancias de doña Isabel Grau Ortiz de Urbina, asistida de la letrada doña María Belén García García, contra don Alejandro Hernández Sáez, que no comparecen pese a estar citados en forma, habiéndose citado al Fondo de Garantía Salarial, que tampoco comparece, debo condenar y condeno a don Alejandro Hernández Sáez al pago a doña Isabel Grau Ortiz de Urbina de la cantidad de 2.521,14 euros por los conceptos reflejados en el hecho probado tercero de la presente resolución.

El Fondo de Garantía Salarial responderá de las consecuencias económicas previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre dentro de los límites establecidos en el mencionado precepto.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se advierte que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación.

Así lo acuerda, manda y firma doña Silvia Plaza Ballesteros, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Publicación

Dada, leída y publicada la anterior sentencia por la magistrada-juez de lo social que la dictó encontrándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha, de lo que yo, la letrada de la Administración de Justicia, doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Alejandro Hernández Sáez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 11 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/27.582/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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