Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
17-08-2016

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160817-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

159
Móstoles número 1. Ejecución 149 de 2016-V

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 149 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jaime Marcelo Rodríguez Jacome, frente a “Mantenimiento de Comunidades Delta, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo extinguir la relación laboral entre las partes el día 6 de julio de 2016, condenando a “Mantenimiento de Comunidades Delta, Sociedad Limitada”, a abonar a don Jaime Marcelo Rodríguez Jacome la indemnización de 1.774,25 euros y 15.437 euros de salarios de tramitación.

Notifíquese la presente resolución judicial a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días a contar desde el siguiente a su notificación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mantenimiento de Comunidades Delta, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 14 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/28.536/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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