Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
22-08-2016

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160822-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

147
Móstoles número 1. Procedimiento 1.395 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.395 de 2014-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jaime Efraín Chushig Samueza, don José María Gil Herráez, don Raúl Almendras Chambi y don Raúl Martínez Barbero, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Grupo Bordoy Ramos y Murillo, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don José María Gil Herráez, don Jaime Efraín Chushig Samueza, don Raúl Almendras Chambi y don Raúl Martínez Barbero, contra el Fondo de Garantía Salarial, condenando al Fondo de Garantía Salarial a abonar:

A don José María Gil Herráez la cantidad de 1.284,12 euros.

A don Jaime Efraín Chushig Samueza la cantidad de 2.436,26 euros.

A don Raúl Almendras Chambi la cantidad de 1.065,68 euros al Fondo de Garantía Salarial.

A don Raúl Martínez Barbero la cantidad de 2.204,06 euros.

Debo absolver y absuelvo a “Grupo Bordoy Ramos y Murillo, Sociedad Limitada”, de la pretensión ejercitada en su contra.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo Bordoy Ramos y Murillo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 18 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/29.020/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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