Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
23-08-2016

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160823-43

Páginas: 8


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

43
San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Ordenanza tasa residuos sólidos

Por el presente se hace público la elevación a definitivo del acuerdo de aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal de la tasa sobre recogida, tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos y asimilados, aprobada en el Pleno Municipal del día 26 de mayo de 2016, una vez transcurrido el período de información pública de, al menos, treinta días desde su exposición en el tablón de anuncios, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en un diario de los de mayor difusión de la provincia sin que se hayan presentado reclamaciones, todo ello según establece el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales

Contra el acuerdo definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 de la norma citada, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

A continuación se transcribe el texto definitivo de las modificaciones producidas en esta ordenanza que entrará en vigor al día siguiente de su publicación:















En San Lorenzo de El Escorial, a 9 de agosto de 2016.—El tercer teniente de alcalde, concejal-delegado de Hacienda, Planificación Económica y Comercio, Álvaro Martínez Pérez.

(03/29.654/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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