Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
23-08-2016

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160823-22

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

22
Alpedrete. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo Plenario, 28 de julio de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos número 8/2016, del presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo a remanente de tesorería para gastos generales y con bajas en otros créditos, que se hace público resumido por capítulos:

— Incremento presupuesto de gastos incrementado, capítulo 6: 20.000,00 euros.

— Incremento presupuesto de ingresos incrementado, capítulo 8: 11.000,00 euros.

— Bajas en créditos de otras partidas, capítulo 6: 9.000,00 euros.

Dicha modificación presupuestaria afecta al anexo de inversiones y en concreto a la 2/2016 y la 5/2016, en lo que se refiere al tipo de financiación acordándose su modificación.

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Alpedrete, a 22 de agosto de 2016.—El alcalde, Carlos García Gelabert.

(03/30.117/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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