Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212

Fecha del Boletín 
05-09-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160905-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2

78
Toledo número 2. Despido 59 de 2016

EDICTO

Doña Vicenta García-Saavedra Bastazo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general número 59 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Said el Hilly y don Zaidi Abdelhaq, contra la empresa “Zaskandil Exportaciones Import, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovidas por los trabajadores don Said el Hilly y don Zaidi Abdelhaq, contra “Zaskandil Exportaciones Import, Sociedad Limitada”, sobre despido y reclamación de cantidad, debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado con fecha 3 de diciembre de 2015, debiendo la demandada estar y pasar por esta declaración a todos los efectos legales oportunos, y a que en el plazo de cinco días opte entre la readmisión de los trabajadores en su puesto o bien los indemnice en las siguientes sumas:

A favor de don Said el Hilly, la cantidad de 1.169,77 euros.

A favor de don Zaidi Abdelhaq, la cantidad de 961,50 euros.

En el caso optar por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a que se le abonen los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia, a razón de 38,67 euros al día para don Said el Hilly, y de 34,96 euros al día para don Zaidi Abdelhaq, debiendo advertir por último a la empresa que la opción señalada habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo social en el plazo de los cinco días siguientes desde la notificación de la sentencia, entendiéndose que de no hacerlo así se opta por la readmisión.

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovidas por los trabajadores don Said el Hilly y don Zaidi Abdelhaq, contra “Zaskandil Exportaciones Import, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a “Zaskandil Exportaciones Import, Sociedad Limitada”, a abonar a los trabajadores las siguientes cantidades, que se incrementarán en el 10 por 100 de interés de mora:

A favor de don Said el Hilly, la cantidad de 3.836,60 euros.

A favor de don Zaidi Abdelhaq, la cantidad de 2.675,78 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, anunciándolo ante este Juzgado, por comparecencia o por escrito, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de este Juzgado, o presentar aval solidario de entidad financiera por importe de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso, y el del primer depósito al tiempo de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Zaskandil Exportaciones Import, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 20 de julio de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/29.859/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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