Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
30-09-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160930-193

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1

193
Ávila número 1. Procedimiento 219 de 2016

EDICTO

Doña María Jesús Martín Chico, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Ávila.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 219 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Milagros Maroto Bordón, contra la empresa “Treval Facility Services”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Fallo

Que, estimando como estimo la demanda formulada por la parte actora doña Milagros Maroto Bordón, contra la parte demandada “Treval Facility Services, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a esta a que abone a la parte actora la cantidad de 500,43 euros, todo ello, más el interés legal por mora de los conceptos salariales objeto de condena.

Contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno.

Así, por esta sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Treval Facility Services”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Ávila, a 6 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.671/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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