Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
30-09-2016

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160930-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CANENCIA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Canencia. Régimen económico. Ordenanza fiscal IBI

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de 10 de febrero de 2016, sobre la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Se añade un artículo número catorce, cuyo texto es:

“Artículo 14. Bonificaciones potestativas.—Se establece una bonificación del 60 por 100 de la cuota íntegra del impuesto a favor de inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración.

Corresponderá dicha declaración al Pleno de la Corporación y se acordará, previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros.

La bonificación surtirá efectos en el período impositivo siguiente al del acuerdo plenario. No obstante si la solicitud se realiza entre el 1 de enero y el 30 de abril, tendrá también efectos para el ejercicio en que se solicita”.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Canencia, a 14 de septiembre de 2016.—La alcaldesa, Mercedes López Moreno.

(03/32.430/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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