Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
01-10-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161001-8

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

8
Madrid número 2. Ejecución 80 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 80 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Fátima Mazar, frente a “Mad 28229 Restauración, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda corregir el error advertido en el decreto de fecha 20 de julio de 2016 en los siguientes términos:

Donde dice:

«Primero. En el presente procedimiento seguido entre las partes: de una, como demandante, don Óscar Garzón Fernández, y de otra, como demandada, “Mitos Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, se dictó orden general de ejecución en fecha 10 de febrero de 2015 para cubrir un total de 1.565,47 euros en concepto de principal, más 93,92 euros de intereses y 156,54 euros para costas fijados provisionalmente.»

Debe decir:

«Primero. En el presente procedimiento seguido entre las partes: de una, como demandante, doña Fátima Mazar, y de otra, como demandada, “Mad 28229 Restauración, Sociedad Limitada”, se dictó orden general de ejecución en fecha 28 de abril de 2016 para cubrir un total de 2.632,74 euros en concepto de principal, más 157,96 euros de intereses y 263,27 euros para costas fijados provisionalmente.»

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este decreto.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mad 28229 Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.652/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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