Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
07-10-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161007-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28

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Madrid número 28. Procedimiento 459 de 2015

EDICTO

Doña Aurora del Moral Zafra, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento exequátur número 459 de 2015, instados por la procuradora doña Ana García Orcajo, en nombre y representación de doña María Rosa Prieto Vázquez, contra don José Eduardo Serrano Barrera, en los que se ha dictado en fecha 6 de septiembre de 2016 auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Estimar la demanda de exequátur presentada por la procuradora doña Ana García Orcajo, en nombre y representación de doña María Rosa Prieto Vázquez, y debo declarar y declaro reconocida, válida y ejecutable en España la sentencia de divorcio de fecha 18 de septiembre de 2007, dictada por el Juzgado del Circuito En y para el Condado de Pinellas de Florida.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta número 2456/0000/39/0459/15 de esta oficina judicial de la “Cuenta general de depósitos y consignaciones” abierta en el “Banco Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55/0 049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los dígitos número 2456/0000/39/0459/15.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgá-nica 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don José Eduardo Serrano Barrera, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 6 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/33.012/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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