Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
21-10-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161021-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

134
Madrid número 14. Procedimiento 1.245 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.245 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Vilches Gil, frente a Fondo de Garantía Salarial y “Edomae Food, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 492 de 2016

En Madrid, a 21 de septiembre de 2016.—Vistos por mí, don José Lara Astiaso, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materia de reclamación de cantidad, registrado bajo el número 1.245 de 2015, entre las siguientes partes: don Javier Vilches Gil, como demandante, quien comparece en su propio nombre, y como demandada, “Edomae Food, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, quienes, constando citados, no comparecen, se procede a dictar sentencia sobre la base del siguiente

Fallo

De acuerdo con lo expuesto en esta sentencia, estimo la demanda promovida por don Javier Vilches Gil, frente a “Edomae Food, Sociedad Limitada”, y en virtud de la estimación, condeno a la empresa demandada a abonar a don Javier Vilches Gil, la suma de 2.339,61 euros en concepto de deudas salariales, más el 10 por 100 de intereses de demora devengados sobre el principal desde la fecha del devengo de los salarios.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe recurso alguno.

Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Edomae Food, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/34.029/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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