Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
27-10-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161027-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

102
Madrid número 7. Ejecución 251 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 251 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Inmaculada Gómez García, frente a “Eficiencia Energética Less Energy, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María Belén Gómez Rodríguez.—En Madrid, a 3 de diciembre de 2015.

El anterior escrito presentado por la parte actora únase a los autos de su razón.

Examinadas las actuaciones, consta registrada en decanato como demandada “Eficiencia Energética Integral, Sociedad Limitada” y no “Eficiencia Energética Less Energy, Sociedad Limitada”, frente a la que se dirige la demanda.

Habiéndose tramitado todo el expediente frente a “Eficiencia Energética Integral, Sociedad Limitada”, dese traslado por cinco días a la parte actora u a “Eficiencia Energética Integra, Sociedad Limitada”, a fin de que se pronuncien sobre la nulidad de las actuaciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 227.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Eficiencia Energética Integral, Sociedad Limitada”, “Eficiencia Energética Less Energy, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.363/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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