Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
27-10-2016

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161027-195

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE MADRID NÚMERO 6

195
Madrid número 6. Ejecutoria 841 de 2013

EDICTO

Doña Teresa María Marinero Rivera, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de vigilancia penitenciaria número 6 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el expediente 3.626 de 2015 se ha dictado el presente auto, que en encabezamiento y en parte dispositiva dice:

Auto

En Madrid, a 3 de mayo de 2016.

Hechos:

I. Con fecha 14 de septiembre de 2015 este Juzgado de vigilancia penitenciaria dictó auto, en el que aprobó el plan de ejecución elevado por el SGPYMA del CIS “Victoria Kent” para que el penado don Mohammed Hamdane cumpliera la pena de trabajos en beneficio de la comunidad a la que había sido condenado.

II. Con fecha 6 de noviembre de 2015, el SGPYMA del CIS “Victoria Kent” han informado a este Juzgado que el mencionado condenado se ha ausentado injustificadamente del trabajo durante más de dos jornadas laborales, habiendo cumplido 50 de las 180 jornadas impuestas.

III. Del informe emitido por el SGPYMA del CIS “Victoria Kent” se ha dado traslado al ministerio fiscal, el cual ha participado a este Juzgado, que procede declarar que el citado condenado ha incumplido la pena impuesta y por ello debe deducirse testimonio a los efectos oportunos, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.6 del Código Penal.

Parte dispositiva:

Se declara incumplida la pena de trabajos en beneficio de la comunidad impuesta al penado don Mohammed Hamdane, en la ejecutoria número 75 de 2015 del Juzgado de lo penal número 1 de Sevilla.

Líbrese testimonio de las presentes actuaciones y remítanse con atento oficio al Juzgado de lo penal número 1 de Sevilla (ejecutoria número 75 de 2015) que sustituyó la pena principal por la de trabajos en beneficio de la comunidad, con objeto de que por parte de dicho Tribunal se adopte la decisión más adecuada teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en este caso.

Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal, al penado y al SGPYMA del CIS “Victoria Kent”, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de reforma en el término de tres días y subsidiario o separado de apelación en el plazo de cinco días a resolver por el juez o Tribunal sentenciador en los términos previstos en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial.

Así lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María Gracia Rupérez Paracuellos, magistrada-juez del Juzgado de vigilancia penitenciaria número 6 de Madrid.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de auto a don Mohammed Hamdane, actualmente en paradero desconocido, su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido el presente.

En Madrid, a 28 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/34.462/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161027-195