Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
27-10-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161027-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

143
Madrid número 27. Ejecución 103 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 103 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Rico Pereira, frente a don Luis Salvat de Pablo, “I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, “I-Vamos Express, Sociedad Limitada”, “I-Vamos Facility Services, Sociedad Limitada”, “La Garena Club Social, Sociedad Limitada”, “Punto 2 Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, “Servicios Sociales de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, y “Zebra Facility Services, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Fernando Rico Pereira, frente a la demandada “I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 2.480,77 euros, más 136,44 euros y 248,08 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Y encontrándose decretada la insolvencia de la empresa ejecutada en las ejecuciones seguidas en los Juzgados de lo social de Madrid número 14 en sus ejecuciones forzosas números 144, 217, 222, 225, 227, 238, 184, 182 y 226 de 2014; 77 y 89 de 2015 y 287, 288 y 226 de 2014; en el número 12 en sus ejecuciones forzosas números 77, 99 y 44 de 2015; en el número 39 en su ejecución forzosa número 59 de 2015; en el número 12 en sus ejecuciones forzosas números 58, 74 y 75 de 2015; en el número 21 en sus ejecuciones forzosas números 131 y 289 de 2014; en el número 16 en su ejecución forzosa número 161 de 2015; en el número 31 en sus ejecuciones forzosas números 114, 207, 216, 221, 222, 241 y 248 de 2014; en el número 39 en su ejecución forzosa número 74 de 2015, y en el número 36 en su ejecución forzosa número 126 de 2014, conforme lo previsto en el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, procédase a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de cinco días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando, en tal caso, bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Habiéndose realizado por los medios telemáticos de este Juzgado averiguación patrimonial de la ejecutada sin que de la misma hayan resultado bienes susceptibles de embargo, se acuerda dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por plazo de cinco días, al amparo de lo dispuesto en el artículo 276.3 de la Ley de la Jurisdicción Social, a fin de que insten la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designen los bienes de la deudora de los que tengan constancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.028/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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