Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
03-11-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161103-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía y Hacienda

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Economía y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto de 25 de octubre de 2016, del delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas económicas dirigidas a la capitalización de entidades de economía social.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

BDNS (Identif.): 321083

Primero. Beneficiarios.—Personas físicas y entidades socios de cooperativas y sociedades laborales.

Segundo. Objeto.—El objeto de esta convocatoria consiste en subvencionar: las aportaciones o ampliaciones del capital social de las cooperativas y sociedades laborales madrileñas.

Tercero. Bases Reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es

Cuarto. Cuantía.—Hasta 1.000 euros por solicitante para subvención de intereses de préstamos, con un máximo de 10.000 euros por cooperativa o sociedad laboral.

El 50 por 100 de la aportación de capital, hasta 3.000 euros, con un máximo de 60.000 euros por cooperativa o sociedad laboral.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

— Año 2016: quince días naturales desde el día siguiente a la publicación del decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Año 2017: desde el 1 al 30 de septiembre.

— Año 2018: desde el 1 al 30 de junio.

Sexto. Otros datos.—Junto con la solicitud se presentará toda la documentación exigida en la convocatoria para la concesión de la ayuda y para la justificación del pago.

Madrid, a 25 de octubre de 2016.—El delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, Carlos Sánchez Mato.

(03/38.067/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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