Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
04-11-2016

Sección 1.2.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161104-10

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA

10
ORDEN 1687/2016, de 25 de octubre, del Consejero de Políticas Sociales y Familia, por la que se nombran el Vicepresidente Primero, Vocales y el Secretario del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid.

El Decreto 276/2000, de 28 de diciembre, por el que se crea el Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid, regula en su artículo 4 la composición de este órgano consultivo, indicando que estará constituido por un Presidente, dos Vicepresidentes, los Vocales y un Secretario.

De acuerdo con dicho precepto, el Presidente es el titular de la Consejería competente en materia de servicios sociales, el Vicepresidente Primero es el titular de la Dirección General de Servicios Sociales, como centro directivo competente en materia de discapacidad en el momento de la aprobación del Decreto 276/2000, de 28 de diciembre, y el Vicepresidente Segundo es un componente del Consejo, elegido por sus miembros, de entre los Vocales representantes de asociaciones, federaciones, fundaciones, entidades y centros sin fin de lucro.

De los Vocales, 13 son en representación de las Administraciones Públicas, correspondiendo 1 a la Administración General del Estado, 10 a la Administración Autonómica y 2 a la Administración Local. Otros 4 Vocales son en representación de las organizaciones sociales, estando representadas las organizaciones empresariales de carácter intersectorial más representativas en el ámbito de la Comunidad de Madrid con 2 Vocales, y las organizaciones sindicales de carácter intersectorial más representativas en el ámbito de la Comunidad de Madrid también, con 2 Vocales. Finalmente, 8 Vocales son en representación de las asociaciones, federaciones de asociaciones, fundaciones, entidades y centros sin fin de lucro, correspondiendo 3 Vocales a las de personas con discapacidad física, 3 a las de personas con discapacidad psíquica y 2 a las de personas con discapacidad sensorial.

Mediante el Decreto 72/2015, de 7 de julio, se modificó la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y mediante el Decreto 197/2015, de 4 de agosto, se estableció la estructura orgánica de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, con cambios organizativos como la creación de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad, que asume las competencias en materia de discapacidad que anteriormente estaban atribuidas a la Dirección General de Servicios Sociales, y la extinción o cambio de denominación de determinados organismos públicos. Estos cambios en las diferentes Consejerías y los cambios específicos en esta Consejería hacen necesario nombrar al Vicepresidente Primero y a los Vocales en representación de la Administración Autonómica del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid.

Igualmente, se han llevado a cabo procesos electorales en la Administración Local, que hacen necesario también, nombrar a los Vocales en representación de la Administración Local.

En relación con los Vocales representantes de las asociaciones, federaciones de asociaciones, fundaciones, entidades y centros sin fin de lucro, mediante la Orden 1499/2014, de 25 de junio, y la Orden 1110/2015, de 8 de junio, se nombraron a los Vocales en representación de esas entidades, por lo que no es necesaria su renovación.

Por último, procede también el nombramiento del Secretario del Consejo Asesor, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 4 del mencionado Decreto 276/2000, de 28 de diciembre.

De conformidad con lo anterior, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 4 del Decreto 276/2000, de 28 de diciembre, por el que se crea el Consejo Asesor de Personas con Discapacidad,

RESUELVO

Primero

Nombrar Vicepresidente Primero del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad al titular de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad.

Segundo

Nombrar Vocal del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad, como representante del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, al titular de la Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad.

Tercero

Nombrar Vocal del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad, como representante de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, al titular de la Dirección General de Atención a la Dependencia y al Mayor.

Cuarto

Nombrar Vocales del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad, en representación de la Administración de la Comunidad de Madrid:

a) Al titular de la Subdirección General de Cooperación Sanitaria y Relaciones Institucionales de la Dirección General de Coordinación de la Atención al Ciudadano y Humanización de la Asistencia Sanitaria, en representación de la Consejería de Sanidad.

b) Al titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid, y al titular de la Subdirección General de Programas Generales de Justicia y Sociales de la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, en representación de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

c) Al titular de la Subdirección General de Centros de Educación Infantil, Primaria y Especial de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Secundaria, en representación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

d) Al titular del Área de Normativa Técnica, Supervisión y Control de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, en representación de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.

e) Al titular de la Subdirección General de Análisis y Organización de la Secretaría General Técnica, en representación de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

Quinto

Nombrar Vocal del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad, al titular de la Gerencia de la Agencia Madrileña de Atención Social.

Sexto

Nombrar Vocal del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad al titular de la Dirección General de la Familia y el Menor.

Séptimo

Nombrar Vocal del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad al titular de la Dirección de la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos.

Octavo

Nombrar como Vocales del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad, en representación de la Administración Local, designados por la Federación Madrileña de Municipios, a doña Ana Buñuel Heras y don Borja Fanjul Fernández-Pita.

Noveno

Nombrar Vocales del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad, como representantes de las organizaciones empresariales de carácter intersectorial más representativas en el ámbito de la Comunidad de Madrid, a propuesta de CEIM- Confederación Empresarial de Madrid–CEOE, a doña Esperanza Cebreiro Martínez-Val y don Luis Suárez de Lezo Ferrer.

Décimo

Nombrar Vocales del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad, como representantes de las organizaciones sindicales de carácter intersectorial de mayor representatividad en la Comunidad de Madrid:

a) Como representante de la Unión General de Trabajadores (UGT), a doña Ana Sánchez de la Coba, como Vocal Titular, y a don José Manuel Castell Vázquez, como Vocal Suplente.

b) Como representante de Comisiones Obreras (CC OO), a doña Ana González Blanco, como Vocal Titular, y a doña Carmen Pizarro Fernández, como Vocal Suplente.

Undécimo

Nombrar Secretario del Consejo Asesor de Personas con Discapacidad al titular de la Subdirección General de Coordinación y Apoyo a las Personas con Discapacidad de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad.

Duodécimo

En los casos de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa legal, los miembros del Consejo Asesor serán sustituidos de acuerdo con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimotercero

De conformidad con lo que establece el artículo 5 del Decreto 276/2000, de 28 de diciembre, por el que se crea el Consejo Asesor de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid, la duración del mandato de los Vocales será de cuatro años, contados desde la fecha de efectos de su nombramiento.

Decimocuarto

Dejar sin efecto los nombramientos de los Vocales realizados mediante la Orden 691/2002, de 12 de julio, de la Consejería de Servicios Sociales, y modificaciones posteriores de esta Orden, relativos a los representantes de la Administración General del Estado, de la Administración de la Comunidad de Madrid, de la Administración Local, de la organizaciones sociales y empresariales, así como del titular de la Secretaría del Consejo.

Decimoquinto

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 25 de octubre de 2016.

El Consejero de Políticas Sociales y Familia, CARLOS IZQUIERDO TORRES

(03/37.830/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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