Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
10-11-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161110-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1

118
Navalcarnero número 1. Juicio 30 de 2016

EDICTO

Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio inmediato de delitos leves número 30 de 2016 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 60 de 2016

En Navalcarnero, a 20 de junio de 2016.—Vistos por doña María del Carmen de la Rocha Díaz, magistrada-juez sustituta en el Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero y su partido judicial, los presentes autos de juicio sobre delito leve tramitado con el número 30 de 2016, por presunto delito de hurto, en el que han sido partes: el ministerio fiscal, ejercitando la acción pública; doña Jowanna Miguelina Lora Parra, como denunciante; don John Alexander Quintero Gómez, como denunciado, y el establecimiento “Hollister California”, sito en el centro comercial “Xanadú”, de la localidad de Arroyomolinos (Madrid), representado por la denunciante, como perjudicada.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don John Alexander Quintero Gómez, como autor penalmente responsable de un delito leve de hurto, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 6 euros (sumando un total de 180 euros), con la responsabilidad personal subsidiaria, establecida en el fundamento de derecho cuarto de ésta resolución, para el caso de impago, y al pago de las costas procesales causadas.

Devuélvanse definitivamente a su legítimo dueño, el establecimiento “Hollister California” del centro comercial “Xanadú”, de la localidad de Arroyomolinos (Madrid), los efectos sustraídos por el denunciado, y que le fueron entregados en calidad de depósito.

Notifíquese legalmente esta resolución, haciéndoles saber que la misma no es firme, pues contra ella cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de los cinco días siguientes al de su legal notificación.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don John Alexander Quintero Gómez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 3 de octubre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.202/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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