Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
10-11-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161110-50

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

Dirección General de Control de la Edificación

Subdirección General de Edificación y Ayudas a la Regeneración

50
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Plan Especial para el local Montera 25-27

Expediente: 711/2015/09856.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para el local situado en parte de la planta primera del edificio sito en la calle Montera, números 25-27, Distrito de Centro, promovido por don Emilio Leal Ruiz en representación de “Exacorp One, Sociedad Limitada”, conforme a lo dispuesto en el artículo 62.2.a), en relación con el artículo 61.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

Tercero.—La vigencia del control urbanístico ambiental de usos, contenida en el presente Plan Especial, será de cuatro años contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto.—Dar traslado a los interesados de este acuerdo advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común».

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Significando que este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las Ordenanzas del Plan Especial de referencia:

NORMAS

1. Régimen de las obras

Régimen y clases de obras de la propuesta de acuerdo con el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid: las obras a realizar serán las permitidas por el Plan General en función de la Norma Zonal 1, Grado 1.o, Nivel A, y del Nivel 3 de protección, Grado Ambiental al que pertenece el local objeto del Plan Especial.

2. Régimen de los usos

Mediante el presente Plan Especial se posibilita la implantación de un uso autorizable terciario (comercial en categoría de mediano comercio), en 945,91 metros cuadrados construidos correspondientes al local de la planta primera, sin perjuicio que se puedan mantener o introducir los usos complementarios permitidos por la norma zonal de aplicación, en este caso la Norma 1, Grado 1, Nivel A, de usos.

Madrid, a 14 de octubre de 2016.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/36.574/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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