Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
11-11-2016

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161111-86

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Villaviciosa de Odón. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y de conformidad con la resolución de la Alcaldía-Presidencia 3820/2016, de 24 de octubre de 2016, se hace público lo siguiente:

Primero.—Revocar la delegación genérica otorgada en la resolución 2820/2016, de 1 de agosto, a favor del concejal don Juan Manuel Godino García para el ejercicio de las competencias de la Alcaldía en las materias de urbanismo, obras e infraestructuras, servicios generales, educación, menor y familia, empleo y desarrollo empresarial, juventud y deporte.

Segundo.—En consecuencia, dichas competencias serán ejercidas por la Alcaldía, hasta que se apruebe una nueva delegación para el ejercicio de las mismas.

Tercero.—Esta resolución será efectiva desde el día siguiente al de su firma y será hecha pública mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web del Ayuntamiento.

Cuarto—Esta resolución se insertará en el libro de resoluciones de la Alcaldía y de ella se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, en cumplimiento del artículo 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Quinto.—Contra esta resolución podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de la notificación (artículo 124 de la LPACAP).

b) Directamente (esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición) se podrá presentar un recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que se establece un plazo de dos meses a contar desde la fecha de notificación de este acto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En Villaviciosa de Odón, a 24 de octubre de 2016.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(03/38.042/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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