Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
14-11-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161114-152

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

152
Madrid número 20. Procedimiento 103 de 2015, notificación a don Miguel Ángel Negri y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 103 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gonzalo Díaz Marín, frente a don Miguel Ángel Negri, doña Nuria Alonso Fernández y “Guachynet, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda de despido y reclamación de cantidad deducida por don Gonzalo Díaz Marín, contra “Guachynet, Sociedad Limitada”, don Miguel Ángel Negri y doña Nuria Alonso Fernández, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo declarar y declaro la existencia de una relación laboral entre las partes, la improcedencia de la decisión extintiva de fecha de efectos de 11 de diciembre de 2014, condenando a los codemandados solidariamente a que, a su elección, que deberá manifestar en el plazo de cinco días siguientes al de la notificación de esta sentencia, le readmitan en su mismo puesto de trabajo o le indemnicen en la suma de 411,18 euros, entendiéndose que de no hacerlo en el plazo indicado optan por lo primero.

En caso de que se opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación. Estos equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.

Asimismo, debo condenar y condeno solidariamente a los codemandados a abonar al actor la suma de 3.438,70 euros por los conceptos salariales estimados de su demanda, cantidad que será incrementada en un 10 por 100 de interés por mora.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Miguel Ángel Negri, doña Nuria Alonso Fernández y “Guachynet, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de octubre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.414/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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