Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
15-11-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161115-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

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Madrid número 66. Procedimiento 924 de 2015, notificación a don Alexander Arístides Alfonso

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 924 de 2015, entre doña Estrella Rodríguez del Casar y don Alexander Arístides Alfonso, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal:

Sentencia número 334 de 2016

En Madrid, a 13 de octubre de 2016.—Han sido vistos por la ilustrísima señora doña Virginia Villanueva Cabrer, magistrada-juez de primera instancia del número 66 de los de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 924 de 2015, promovidos a instancias de doña Estrella Rodríguez del Casar, representada por la procuradora doña Ana de la Corte Macías y defendida por el letrado don Antonio García Sanz, contra don Alexander Arístides Alfonso, declarado en rebeldía, sobre privación de patria potestad, con intervención del ministerio fiscal, recayendo en ellos la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Estrella Rodríguez del Casar, contra don Alexander Arístides Alfonso, debo declarar y declaro que se priva al demandado totalmente de la patria potestad sobre su hija Yurima, debiendo asumir en exclusiva su ejercicio la señora Rodríguez del Casar, por lo que debo condenar y condeno a don Alexander Arístides Alfonso a estar y pasar por la anterior declaración, quedando sin efecto las medidas acordadas en el convenio regulador de fecha 24 de septiembre de 2009, números 3, 4 y 6 aprobadas en la sentencia dictada en el procedimiento de divorcio número 846 de 2009, relativas a la hija menor de edad.

Sin pronunciamiento en relación a las costas procesales.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, pudiendo interponerse la apelación en el plazo de veinte días a contar desde su notificación en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Publicación

Firmada la anterior resolución, es entregada en el día de hoy en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a los autos, quedando el original archivado en el libro correspondiente.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a don Alexander Arístides Alfonso, expido y firmo la presente en Madrid, a 13 de octubre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.332/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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