Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
15-11-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161115-175

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

175
Madrid número 16. Ejecución 208 de 2015, notificación a Talleres Besaljo, S. A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 208 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Benedicto Gil Yuste, frente a “Talleres Besaljo, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

En su virtud, visto el precepto citado y demás de general aplicación: Se tiene por ampliada la ejecución por importe de 12.612,12 euros en concepto de principal, más 1.261,21 euros y 1.261,21 euros de intereses y costas provisionales, correspondientes a la tasación de costas a la que es condenada “Talleres Besaljo, Sociedad Anónima”, en la sentencia, sin necesidad de retrotraer el procedimiento.

Se acuerda la mejora del embargo y a tal fin, expídase mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad número 1 de Las Rozas (Madrid), a fin de que se anote la ampliación de principal, intereses y costas en la anotación de embargo de las fincas inscritas en ese registro con los números 24.628, 55.110, 23.927, 55.134 y 55.125, acordado su embargo por decreto de fecha 1 de octubre y 10 de diciembre de 2015.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2514/0000/64/0208/15.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María José Ceballos Reinoso.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Talleres Besaljo, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/36.780/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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