Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
18-11-2016

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161118-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 27 de octubre de 2016, por el que se aprueban las bases para la convocatoria de subvenciones destinadas a los clubes deportivos de Rivas-Vaciamadrid por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional de carácter no profesional año 2016.

BDNS (Identif.): 321672

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

1. Beneficiarios.—Asociaciones deportivas ripenses que cumplan con los siguientes requisitos:

— Estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid y en el de la Comunidad de Madrid, con un año de antigüedad como mínimo.

— Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en Rivas.

— Haber tenido un equipo durante la temporada 2015-2016 que cumpla con alguno de los requisitos descritos en el objeto de las bases de convocatoria.

2. Solicitudes.—Están a disposición de los interesados en las dependencias de la Concejalía de Deportes y en la web municipal (https://sede.rivasciudad.es/portal/sede/se_contenedor1.jsp?seccion=s_fdo... 1&language=es).

3. Plazo.—Quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación de la convocatoria en la web municipal.

4. Lugar de presentación.—Registros del Ayuntamiento de Rivas o de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. Documentación a presentar.

— Anexo 1 de las bases.

— Anexo 2 de las bases.

— Anexo 3 de las bases.

6. Cuantía.—Máximo 10.000 euros por beneficiario.

7. Período subvencionable.—De 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

8. Justificación y pago.—El pago se realizará previa justificación. Se presentará la documentación justificativa en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la resolución en la web municipal y siempre antes del 15 de enero de 2017.

Rivas-Vaciamadrid, a 4 de noviembre de 2016.—El alcalde, Pedro del Cura Sánchez.

(03/40.122/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161118-59