Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
21-11-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161121-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 7

111
Parla número 7. Procedimiento 1.039 de 2015, notificación a don Jerónimo Memba Muadakuku

EDICTO

Doña Victoria Delgado Robledo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 7 de Parla.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 1.039 de 2015, instados por el procuradora doña Silvia García López, en nombre y representación de doña María Cruz Meseguer Metema, contra don Jerónimo Memba Muadakuku, en los que se ha dictado la sentencia número 221 de 2016, de fecha 21 de octubre de 2016, siguiente:

Fallo

Se acuerdan como medidas definitivas que deben regir las relaciones paterno-filiales de doña María Cruz Meseguer Metema y don Jerónimo Memba Muadakuku con respecto a sus hijas menores María Auxiliadora y Leila María, las siguientes:

Ejercicio exclusivo de la patria potestad sobre las hijas menores por doña María Cruz Meseguer Metema.

La guarda y custodia se otorga a doña María Cruz Meseguer Metema.

Alimentos: don Jerónimo Memba Muadakuku abonará a doña María Cruz Meseguer Metema la cuantía de 200 euros mensuales en concepto de pensión de alimentos a favor de cada una de las hijas menores (400 euros en total). Esta pensión de alimentos debe ingresarse dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta bancaria designada al efecto por la madre y se actualizará automáticamente el día 1 de enero de cada año para adaptarla a las variaciones que experimente el índice de precios al consumo publicado anualmente por el Instituto Nacional de Estadística o cualquier otro organismo público que en el futuro pudiera cumplir análoga misión.

Los gastos extraordinarios serán satisfechos a medias entre ambos progenitores, según concepto y procedimiento establecido en los fundamentos jurídicos de la presente resolución.

Se atribuye a doña María Cruz el uso y disfrute del domicilio familiar, sito en la calle Jericó, número 15, segundo C, de Parla.

No se hace expresa imposición de costas.

Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerio fiscal, advirtiéndoles que contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Jerónimo Memba Muadakuku, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Parla, a 21 de octubre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/38.724/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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