Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
22-11-2016

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161122-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

70
Madrid. Sección Novena. Recurso de apelación 118 de 2016-4, notificación a JPS Servicio Logístico y don Francisco Javier Moreno Bravo

Sección Novena

EDICTO

Don Salvador González Bascueña, letrado de la Administración de Justicia de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en este tribunal se sigue el recurso de apelación número 118 de 2016, a instancias de la procuradora doña Domitila Barbolla Mate, en nombre y representación de doña Sonia Fernández Sánchez, contra “JPS Servicio Logístico” y don Francisco Javier Moreno Bravo, declarados en rebeldía procesal, sobre arrendamiento de bienes, en el que se ha dictado sentencia en fecha 9 de junio de 2016, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia

Ilustrísimos magistrados, don José Ángel Moreno García, don José María Pereda Laredo y doña María José Romero Suárez.—En Madrid, a 9 de junio de 2016.

Vistos en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los autos de procedimiento ordinario número 790 de 2012, procedentes del Juzgado de primera instancia número 3 de Coslada, a los que ha correspondido el rollo de apelación número 118 de 2016, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelada, “ALD Automotive, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Fernando Anaya García, y de otra, como demandada y hoy apelante, doña Sonia Fernández Sánchez, representada por la procuradora doña Domitila Barbolla Mate, y los también demandados y hoy apelados “JPS Servicio Logístico”, y don Francisco Javier Moreno Bravo, ambos en situación de rebeldía procesal en primera instancia y en esta alzada, sobre valoración de la prueba, alegación en la falsedad de la firma. Siendo magistrado-ponente el ilustrísimo señor don Juan Ángel Moreno García.

Fallamos

Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de doña Sonia Fernández Sánchez contra la sentencia dictada por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Coslada el día 12 de junio de 2014, en el procedimiento ordinario allí seguido con el número 790 de 2012.

Todo ello con imposición de las costas de esta alzada a la parte apelante.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se llevará certificación literal al rollo de Sala del que dimana, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Haciéndose saber que contra la misma cabe recurso de casación de acreditarse el interés casacional, que deberá interponerse ante este tribunal en el término de veinte días desde la notificación de la presente.

En atención al desconocimiento de los actuales domicilios de los demandados “JPS Servicio Logístico”, y don Francisco Javier Moreno Bravo, pese a las diligencias y averiguaciones practicadas para ello, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por medio de la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia de la Sección.

(03/38.423/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161122-70