Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
23-11-2016

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161123-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 12

107
Madrid número 12. Procedimiento 62 de 2014, notificación a don José María de la Quintana Jiménez

EDICTO

Doña María Dolores Sánchez Franco, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo mercantil número 12.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 62 de 2014, instados por el procurador don Carlos Sáez Silvestre, en nombre y representación de “Ino Reproducciones, Sociedad Anónima”, contra don José María de la Quintana Jiménez, en los que se ha dictado en fecha 21 de septiembre de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por “Ino Reproducciones, Sociedad Anónima”, frente a don José María de la Quintana Jiménez, debo condenar y condeno a don José María de la Quintana Jiménez a abonar a la actora la cantidad de 42.133,95 euros en concepto de principal más los intereses, de acuerdo al fundamento de derecho octavo, imponiéndole a don José María de la Quintana Jiménez el pago de las costas devengadas en el presente proceso, en lo que respecta a la acción ejercitada frente al mismo.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que se formulará por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación, limitándose a citar la resolución apelada y a manifestar su voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta, puntos 6 y 7, y la disposición final de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 1/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se indica la necesidad de constitución de depósito para recurrir la presente resolución, resultando precisa la consignación como depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don José María de la Quintana Jiménez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/33.933/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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