Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
23-11-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161123-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

122
Madrid número 3. Procedimiento 649 de 2015, notificación a Becara, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 649 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Montserrat Nuria Fullola Tallada, frente a doña Agustina Lozano Soto, don Antonio Bachiller Gordillo, don Heriberto Sabogal Montoya, doña Irene Miguel Fraile, doña María Estrella Martín del Moral, don Raúl Martínez Parente, “Aranguren Zunzunegui, Comunidad de Bienes”, “Artrefe 3, Sociedad Anónima”, “Becara, Sociedad Limitada”, “BZ Asuntos de Familia, Sociedad Limitada”, “Teiler Investment, Sociedad Anónima”, y “Zunar, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Procede estimar la demanda presentada por la demandante doña Montserrat Nuria Fullola Tallada, contra “Becara, Sociedad Limitada”, “Teiler Investment, Sociedad Anónima”, administrador concursal don Antonio Moreno Rodríguez y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación sobre despido, declarar la nulidad del despido, y condenar solidariamente a las empresas demandadas para que procedan a la readmisión de la trabajadora en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían antes del despido y con abono de los salarios de tramitación devengados desde el despido (5 de mayo de 2015) hasta la fecha en que la readmisión tenga lugar, a razón de 54,45 euros/día. Con absolución del administrador concursal y del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de las responsabilidades legales subsidiarias de dicho organismo. Y con desestimación de las excepciones procesales alegadas de contrario.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Becara, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de octubre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/38.868/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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