Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
01-12-2016

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20161201-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 10

61
Madrid número 10. Procedimiento 430 de 2013, notificación a Muzart Impresión Digital, S. L.

EDICTO

Doña Yolanda Peña Jiménez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo mercantil número 10.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 430 de 2013, instados por la procuradora doña Sara Martínez Rodríguez, en nombre y representación de “Centro Español de Derechos Reprográficos Cedro”, contra “Muzart Impresión Digital, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado en fecha 4 de noviembre de 2016 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente.

Fallo

Debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por doña Sara Martínez Rodríguez, procuradora de los tribunales, en nombre y representación de “Centro Español de Derechos Reprográficos Cedro”, contra la entidad mercantil “Muzart Impresión Digital, Sociedad Limitada”, y en consecuencia:

1. Debo declarar y declaro que la demandada ha llevado a cabo una actuación merecedora de ser calificada como de reproducción ilícita de obras impresas o reprografía ilegal vulneradora de derechos de propiedad intelectual al exceder el límite autorizado mediante licencia de reproducción concedida por “Cedro”.

2. Debo condenar y condeno a la demandada a:

a) Cesar en la actividad ilícita de reproducción o fotocopiado de obras protegidas por la legislación sobre propiedad intelectual superando el límite del 10 por 100 autorizado en la licencia de reproducción que tiene concedida por “Cedro”.

b) Condenar a la demandada a abonar a “Cedro” la cantidad de 3.400,07 euros, equivalente a la suma del importe de las facturas relacionadas en la presente resolución.

c) Condenar a la demandada a indemnizar a “Cedro” en concepto de daños y perjuicios a “Cedro” por la realización de reproducciones íntegras de obras durante el período de comisión de la actividad de reprografía ilícita, esto es, desde septiembre de 2011 hasta febrero de 2012, en la cantidad de 6.056,23 euros, más los gastos de investigación abonados por “Cedro” por importe de 346,92 euros.

e) Condenar a la demandada al pago de las costas de esta litis.

Notifíquese la presente resolución a las partes y respecto del demandado rebelde, estese a lo ordenado en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y siguientes. Háganseles saber que la misma no es firme y que contra ella pueden interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días, previo depósito de 50 euros.

Por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado “Muzart Impresión Digital, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/40.359/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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